Para quienes desean alquilar su departamento deben saber que es obligatoria la entrega de este documento al inquilino para los pagos del Impuesto a la Renta.
Si se da en alquiler una vivienda, un vehículo o algún otro bien mueble o inmueble, se tiene que pagar cada mes el Impuesto a la Renta.
Entonces, se tiene que entregar el Recibo por Arrendamiento la cual acredita el pago del Impuesto a la Renta que se aplica sobre el valor del arrendamiento o alquiler y sirve para entregar al inquilino o persona a quien se le alquila el bien.
¿Quiénes entregan Recibo por Arrendamiento?
Los arrendadores, usualmente personas naturales, que entregan en alquiler cualquier bien a otra persona, empresa o entidad. Las personas jurídicas no entregan este tipo de comprobante, entregan factura o boleta de venta, según corresponda.
Entrega de Recibo por Arrendamiento en caso de sub arrendamiento
Se debe entregar, porque sirve para pagar el Impuesto a la Renta por el valor del subarrendamiento, y para entregar al inquilino o persona a quien se le alquila el bien, como prueba de que ha pagado el monto del alquiler.
Datos que debes indicar o registrar al pagar el Impuesto a la Renta mensual por arrendamiento
Se debe indicar o registrar:
- RUC.
- Período tributario.
- Tipo y número de documento de identidad del inquilino.
- Monto del alquiler en nuevos soles.
En caso de rectificar o sustituir:
- Número de operación.
- Importe a pagar, de corresponder.
¿Dónde pagar el impuesto y qué tasa aplicar?
Se obtiene pagando cada mes, por Internet o por la red bancaria y sus agentes, el Impuesto a la Renta que corresponde por arrendamientos que cobran las personas naturales y otros. La tasa efectiva es de 5% del valor del alquiler (monto del contrato) a cargo de quien arrienda el inmueble. Así, por ejemplo, si el alquiler es de S/. 1 000,00 al mes, el impuesto a pagar será de S/. 50,00.
Entrega del Recibo por Arrendamiento al inquilino o arrendatario
El arrendador entrega al inquilino o arrendatario el Recibo por Arrendamiento (Formulario N° 1683). Este es el voucher que obtiene el arrendador al terminar el pago del impuesto en agencias bancarias o en agentes bancarios y que acredita que se ha pagado el impuesto a cargo del arrendador.
Este lo entrega al inquilino o arrendatario como comprobante de pago, guardando una copia de dicha constancia para sí. Y, si pagó el impuesto por Internet, con su Clave SOL, el arrendador entrega al inquilino o arrendatario una impresión del Formulario Virtual N° 1683 que se genera al terminar la transacción.
Pago del impuesto y obtención del recibo por Internet – Arrendamiento/Alquiler
La declaración y pago del impuesto se debe realizar siempre dentro del cronograma de obligaciones mensuales aprobado por la Sunat, considerando el último dígito del número de RUC de cada contribuyente.
Pasos:
1. Ingresar a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), ubica la sección Declaración y Pago e ingresar con su Usuario y Clave SOL. Si no cuenta con su Clave pídela gratuitamente (llevar original y fotocopia simple del DNI / C.E. o documento de identidad) en cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT.
2. Selecciona el formulario Arrendamiento e ingrese la información requerida siguiendo las indicaciones del sistema, y hacer click en “Agregar a Bandeja”.
3. Elige la opción de pago:
a. Pago mediante débito en cuenta: Seleccionando el banco con el cual tiene afiliación al servicio de pagos de tributos con cargo en cuenta o;
b. Pago mediante tarjeta de débito o crédito: En el caso que sea tarjeta VISA deberá estar afiliada previamente a Verified by VISA.
4. El sistema generará automáticamente el Formulario Virtual N° 1683 – Impuesto a la Renta de Primera Categoría, con el contenido de lo declarado y del pago realizado.
5. Finalmente, imprime un ejemplar de la constancia de declaración y pago, el cual debes entregar al inquilino (arrendatario), como comprobante de pago por el arrendamiento/alquiler.
¿Cómo se paga el impuesto y obtiene el Recibo por Arrendamiento en bancos autorizados y su red de agentes?
El pago del impuesto se hace siempre dentro de los plazos que indica el cronograma de obligaciones mensuales publicado, según el último dígito del número de RUC del arrendador (propietario).
Con el pago se obtiene el Recibo por Arrendamiento. Se paga el impuesto en los bancos o agentes bancarios autorizados y proporcionar en ventanilla estos datos, los que figuran también en esta guía de pagos:
– Número de RUC del arrendador.
– Mes y año (Periodo tributario, por ejemplo setiembre de 2015 es 09-2015.
– Tipo y número del documento de identidad del inquilino o arrendatario (RUC/DNI/Carnet de Extranjería etc.)
– Monto del alquiler (en Nuevos Soles).
Puedes dar estos datos de forma verbal o utilizando la Guía para Arrendamiento donde los anotará para su facilidad. El cálculo del impuesto es automático aplicando la tasa efectiva de 5%.
Hecho el pago, el banco entregará un voucher que es el recibo por arrendamiento (Formulario N° 1683) con los datos declarados y el pago Este recibo es el documento que debes entregar en original al inquilino o arrendatario.
Vía: perucontable.com
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